Sin perjuicio de la fase de "Consulta Previa", igualmente contemplada en el
en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
sobre "participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración
de normas con rango de Ley y reglamentos, cuando la norma afecte a los derechos e intereses
legítimos de las personas, el Área o Departamento a quien corresponda la elaboración del borrador de la norma, que mediante
Providencia o Propuesta del Concejal/a del Área que tenga la iniciativa de la disposición de que se trate, o en su
defecto la Alcaldía, ordenará que se redacte y publique el texto de la norma
en el portal web del Ayuntamiento.
Los
borradores elaborados en esta
fase del procedimiento con el texto que pretenda aprobarse, todavía
sin aprobación del Pleno,
se irán incluyendo en este apartado con indicación
del plazo que se establezca a tal fin, con el objeto de recabar cuantas
aportaciones
adicionales puedan
hacerse por otras personas o entidades, además de poder también
recabar directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas
por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o
intereses legítimos se vieran afectados por la norma y cuyos fines guarden
relación
directa con su objeto.